Miércoles, 03 Mayo 2023 11:59

«Objetivo 55»: el Consejo adopta actos legislativos clave para cumplir los objetivos climáticos para 2030

El Consejo ha adoptado recientemente cinco actos legislativos que permitirán a la UE reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en los principales sectores de la economía, garantizando al mismo tiempo que los ciudadanos y las microempresas más vulnerables, así como los sectores expuestos a fugas de carbono, reciban un apoyo efectivo en la transición climática.

Los actos legislativos forman parte del paquete de medidas «Objetivo 55», que establece las políticas de la UE en consonancia con su compromiso de reducir sus emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55 % de aquí a 2030, en comparación con los valores de 1990, y lograr la neutralidad climática en 2050. La votación en el Consejo es el último paso del procedimiento.

Los actos legislativos votados  del paquete de medidas «Objetivo 55» corresponden a :

1. Revisión de la Directiva RCDE UE,
2. Modificación del Reglamento de seguimiento, notificación y verificación en el transporte marítimo,
3. Revisión de la Directiva RCDE para la aviación,
4. Reglamento por el que se establece un Fondo Social para el Clima,
5. Reglamento por el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono.


El paquete de medidas «Objetivo 55»,  fue presentado por la Comisión Europea el 14 de julio de 2021 en el marco del Pacto Verde Europeo, y permitirá a la Unión Europea reducir sus emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55 % de aquí a 2030, en comparación con los valores de 1990, y lograr la neutralidad climática en 2050.

El Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo provisional sobre el RCDE para la aviación el 7 de diciembre de 2022, sobre el MAFC el 13 de diciembre de 2022 y sobre el RCDE UE y el Fondo Social para el Clima el 18 de diciembre de 2022. El Parlamento Europeo adoptó formalmente los actos legislativos el 18 de abril de 2023.

  •  Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE

El régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE) de la UE es un mercado de carbono basado en un sistema de límites máximos y comercio de derechos de emisión para los sectores de gran consumo de energía, el sector de la generación de electricidad y el sector de la aviación.

Las nuevas normas aumentan hasta el 62 % la ambición global de reducción de las emisiones de aquí a 2030 en los sectores cubiertos por el RCDE UE, en comparación con los niveles de 2005.

  • Emisiones del transporte marítimo

 Las emisiones procedentes del transporte marítimo estarán incluidas por primera vez en el ámbito de aplicación del RCDE UE. Las obligaciones de las empresas navieras de entregar derechos de emisión se introducirán gradualmente: el 40 % de las emisiones verificadas a partir de 2024, el 70 % a partir de 2025 y el 100 % a partir de 2026.

La mayoría de los grandes buques se incluirá en el ámbito de aplicación del RCDE UE desde el principio, mientras que otros, como los buques de alta mar, se incluirán primero en el Reglamento relativo al seguimiento, notificación y verificación de las emisiones de CO2 generadas por el transporte marítimo y solo más tarde se incluirán en el RCDE UE.

Las emisiones distintas del CO2 (metano y N2O) se incluirán en el Reglamento de seguimiento, notificación y verificación a partir de 2024 y en el RCDE UE a partir de 2026.

  •  Edificios, transporte por carretera y otros sectores

Se ha creado un nuevo régimen de comercio de derechos de emisión independiente para los edificios, el transporte por carretera y otros sectores (principalmente la pequeña industria) con el fin de garantizar la rentabilidad de las reducciones de las emisiones en estos sectores, que hasta ahora han resultado difíciles de descarbonizar. El nuevo régimen se aplicará a los distribuidores que suministran combustibles a los sectores de los edificios, el transporte por carretera y otros sectores a partir de 2027. Se ha establecido una salvaguardia en virtud de la cual si el precio del petróleo y el gas es excepcionalmente elevado en el momento previo a la puesta en marcha del nuevo régimen, esta se pospondrá hasta 2028.

  • Emisiones procedentes de la aviación

Los derechos de emisión gratuitos para el sector de la aviación se irán eliminando gradualmente y se aplicará la subasta completa a partir de 2026. Hasta el 31 de diciembre de 2030 se reservarán veinte millones de derechos de emisión para incentivar el abandono progresivo de los combustibles fósiles por parte de los operadores de aeronaves.

El RCDE UE se aplicará a los vuelos intraeuropeos (incluidos aquellos cuyo destino sea el Reino Unido o Suiza) y el plan CORSIA, a los vuelos extraeuropeos con origen y destino en terceros países participantes en dicho plan entre 2022 y 2027 (principio de ruptura clara).

También se mejorará la transparencia en lo que respecta a las emisiones y la compensación de los operadores de aeronaves, y se establecerá un marco de seguimiento, notificación y verificación para los efectos de la aviación no derivados del CO2. A más tardar el 1 de enero de 2028, sobre la base de los resultados de dicho marco, la Comisión propondrá, cuando proceda, medidas de mitigación para los efectos de la aviación no derivados del CO2.

  • Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono

El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC) es un mecanismo que afecta a las importaciones de productos en industrias intensivas en carbono. El objetivo del MAFC es evitar, de plena conformidad con las normas del comercio internacional, que los esfuerzos de la UE para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero se vean contrarrestados por un aumento de las emisiones fuera de sus fronteras debido a la deslocalización de la producción a países cuyas políticas contra el cambio climático sean menos ambiciosas que las de la UE, o debido al aumento de las importaciones de productos intensivos en carbono.

Hasta finales de 2025, el MAFC solo se aplicará como obligación de notificación. El MAFC se introducirá gradualmente, de forma paralela a la eliminación progresiva de los derechos gratuitos, una vez que esta empiece a aplicarse en el marco del RCDE UE para los sectores afectados. Los derechos gratuitos para los sectores cubiertos por el MAFC —cemento, aluminio, abonos, producción de energía eléctrica, hidrógeno, fundición, hierro y acero, así como algunos precursores y un número limitado de productos transformados— se eliminarán progresivamente a lo largo de un periodo de nueve años, entre 2026 y 2034.

El MAFC promueve la importación a la UE de bienes de empresas no pertenecientes a la UE que cumplan las estrictas normas climáticas aplicables en los veintisiete Estados miembros de la Unión. De este modo, se garantizará un trato equilibrado de estas importaciones. Además, se pretende con ello animar a los socios de la UE en el mundo a unirse a los esfuerzos de la UE en materia de clima.

  • El Fondo Social para el Clima

Los Estados miembros utilizarán el Fondo Social para el Clima para financiar medidas e inversiones destinadas a apoyar a los hogares, las microempresas y los usuarios del transporte vulnerables y ayudarles a hacer frente a los efectos sobre los precios de un régimen de comercio de derechos de emisión para los edificios, el transporte por carretera y otros sectores.

El Fondo se financiará con ingresos procedentes principalmente del nuevo régimen de comercio de derechos de emisión, hasta un importe máximo de 65 000 millones de euros, que se complementarán con contribuciones nacionales. Se establece temporalmente durante el periodo 2026-2032.

 

Fuente: Consejo de la Unión Europea

Enlace noticia: https://www.consilium.europa.eu/es/press/press-releases/2023/04/25/fit-for-55-council-adopts-key-pieces-of-legislation-delivering-on-2030-climate-targets/ 

 

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